La Nacion

Desde esta noche, los boliches cierran a las 5.30

sábado 7 de noviembre, 1:17 AM

Desde esta noche, comienza a regir la ley de nocturnidad en la provincia bonaerense. Con la nueva normativa, los boliches deberán cerrar a las 5.30 de la mañana, no podrán admitir ingresos desde las 2 ni vender bebidas energizantes, entre otras medidas.

La norma diferencia a los comercios nocturnos en dos rubros, uno de los cuales incluye a "locales bailables, confiterías bailables, discotecas, discos, salas y salones de baile, clubes, dancings, cabarets y boîtes".

Los establecimientos, en general, no podrán comercializar alcohol de 21 a 10 del día siguiente y los locales bailables, en particular, deberán incluso dejar de vender bebidas energizantes.

La ley también obliga a los propietarios de locales bailables a colocar cámaras de seguridad en sus accesos y egresos, dentro de los 90 días de promulgada la norma, y a preservar la grabación por 60 días a disposición de cualquier autoridad competente.

Prohíbe en los boliches bailables la venta de productos energizantes y el expendio de bebidas alcohólicas en vasos, copas o recipientes similares que superen los 350 mililitros.

Las denominadas matiné deberán estar reservadas sólo para chicos de entre 14 y 17 años, que podrán concurrir a los boliches entre las 18 y las 23, sin la concurrencia simultánea de mayores de 18, de acuerdo al proyecto.

Estos establecimientos deberán tener abiertas sus puertas media hora antes del inicio de la matiné, al sólo efecto de que los padres o responsables legales de los niños puedan verificar el estado de las instalaciones.

También se prohíbe efectuar concursos o competencias cuyo objeto sea el consumo de bebidas alcohólicas y la promoción conocida como "canilla libre" y establece que con la entrada se podrá otorgar sólo una consumición de bebida alcohólica.

La norma contempla multas de entre 30 mil y 100 mil pesos y clausuras de 30 a 180 días para los que infrinjan esta ley y arresto para quienes vendan bebidas alcohólicas a menores de edad, con agravamiento de las penas en este caso a partir de la promulgación de la ley.

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