viernes 8 de agosto, 12:59 PM
Buenos Aires, 8 de agosto (Télam).- Una cooperativa fue condenada a indemnizar con 23.289 pesos a un trabajador que presuntamente se contaba entre sus afiliados, aunque en realidad tenía una relación de dependencia laboral con la entidad.
Así lo resolvió la Sala Octava de la Cámara del Trabajo, cuyos integrantes consideraron probado el derecho a indemnización y otros créditos laborales de un vigilador contra la Cooperativa de Trabajo Lince Seguridad Ltda.
Los camaristas Gabriela Vázquez, Luis Catardo y Juan Carlos Morando, coincidieron en que entre el denunciante y la institución existió una relación de trabajo "que se encubrió bajo la apariencia de asociación cooperativa" a fin de "sustraerse a las leyes laborales".
La cooperativa funcionó como "intermediaria proveedora de personal de vigilancia a terceros", según un informe pericial sobre "la cantidad de empresas que requerían los servicios" que prestaba la demandada "mediante la utilización de sus supuestos `asociados", dice el fallo al que tuvo acceso Télam.
Los jueces consideraron que en la prestación de servicios de vigilancia, el denunciante y presunto "afiliado" sólo fue un medio personal en una organización empresaria ajena a los fines cooperativos para los que supuestamente había sido constituida.
Por esa razón, los camaristas hicieron lugar al pedido de indemnización por despido, horas extras mal remuneradas y otros reclamos de índole laboral planteados por el vigilador. (Télam) ss-aem-abc 08/08/2008 12:59
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